S2. Actividad 1. Reglamento de Estudios y Código de Ética de la UnADM
S2. Actividad 1. Reglamento de Estudios y Código de Ética de la UnADM
Requisitos
a cumplir para solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre
escolar inmediato
siguiente
Artículo 9. Los estudiantes podrán solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente una vez que cumplan con los requisitos que a continuación se señalan: Párrafo modificado C.U. 18-05-2018 I. No adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada programa educativo; Fracción modificada C.U. 18-05-2018 II. Seguir la seriación establecida en el plan de estudios que estén cursando; III. Que no rebase el plazo máximo establecido para concluir su plan de estudios previsto en el Capítulo Tercero del presente Reglamento, y IV. Que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 61, fracciones III, IV o V.
Fracción adicionada C.U. 31-10-2014
Casos en los que se puede cursar la carga académica máxima:
Artículo 24. El
estudiante podrá cursar la carga académica máxima en los siguientes casos: I.
Que haya cursado y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o
módulos de los semestres anteriores, y Fracción modificada C.U. 18-05-2018 II.
Que las asignaturas o módulos estén disponibles para su registro en la
plataforma electrónica.
Fracción
modificada C.U. 18-05-2018
Artículo que
define la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas
Artículo 29. Las
evidencias de aprendizaje deberán ser inéditas y de la autoría de los
estudiantes, a través de los instrumentos de evaluación clasificados en
evidencias de conocimiento, desempeño y producto.
Artículo
reformado C.U. 31-10-2014.
Oportunidades
para cursar una asignatura
Artículo 32. Los
estudiantes tendrán dos oportunidades para cursar cada asignatura o módulo, la
primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento.
Artículo
modificado C.U. 18-05-2018
Artículo 33. El
estudiante que repruebe alguna asignatura o módulo en forma ordinaria y/o en
recursamiento, tendrá la oportunidad de acreditarla presentando hasta un máximo
de cuatro exámenes extraordinarios.
Artículo
modificado C.U. 18-05-2018
Condiciones
por las que se puede causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas
o módulos en los inscritos
Artículo 38. El
estudiante causará baja definitiva cuando: I. No se reinscriba en tres periodos
académicos consecutivos;
Fracción
modificada C.U. 18-05-2018 18
II. No cumpla en
tiempo y forma con la entrega de la documentación prevista en el artículo 6 del
presente Reglamento o, presentando la documentación de referencia, se determine
alguna irregularidad en la misma.
Fracción
adicionada C.U. 30-04-2015
En caso de que la
irregularidad consista en presentar documentos falsos o alterados, la baja
definitiva implicará que no podrá reingresar como estudiante a la Universidad;
Párrafo
adicionado C.U. 04-12-2015
III. Agote el
plazo máximo para concluir los estudios;
IV. Fracción
derogada C.U. 18-05-2018
V. Reciba una
sanción que así lo determine, y
VI. Cuando se
sitúe en los demás casos previstos en el presente Reglamento.
Artículo 39.
Cuando concluya el periodo de baja temporal, el estudiante deberá inscribirse
al periodo académico inmediato siguiente o solicitar la baja temporal hasta por
dos periodos más.
Artículo
modificado C.U. 18-05-2018
Artículo 40. El
estudiante causará baja en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que
se haya inscrito, cuando no exista evidencia de actividades académicas tales
como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados,
participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma
electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos,
contados a partir del inicio del 19 bloque, por lo que en su historial
académico se registrará con NP (no presentó) la o las asignaturas o módulos en
los que haya causado baja. Esta disposición aplicará una sola vez por
asignatura o módulo del mapa curricular.
Artículo
reformado C.U. 31-10-2014. Artículo modificado C.U. 18-05-2018
Plazo para cubrir la totalidad del plan de
estudios:
Artículo 45. Los estudiantes
deberán cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo que no excederá
del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su inscripción.
Artículos de los derechos, obligaciones,
causas de responsabilidad de los estudiantes. Identificar y describir una
obligación o causa de responsabilidad en la que tendrás que poner especial
atención.
De los derechos y obligaciones que como
estudiantes tendremos que poner especial atención.
Artículo 59. Son causas de
responsabilidad de los estudiantes:
Párrafo reformado C.U. 31-10-2014.
I. Faltar o incumplir con
cualquiera de las obligaciones que consagra el artículo anterior;
II. Realizar las actividades
académicas a través de otra persona o mediante la presentación de materiales
que no son de su autoría;
Fracción reformada C.U.
31-10-2014.
III. Comprar y/o vender
materiales, contenidos, métodos y software educativos, cuyos derechos
pertenezcan a la Universidad;
Fracción reformada C.U.
11-12-2014.
IV. Sustraer o usar indebidamente
materiales, contenidos, métodos y software educativos, sin la autorización
expresa del titular de los derechos;
Fracción adicionada C.U.
11-12-2014
V. Hacer uso indebido de la
matrícula y clave de acceso a la 28 plataforma electrónica, o proporcionarlas a
un tercero para cualquier fin;
Fracción reformada C.U.
31-10-2014.
VI. Realizar o intentar realizar
intromisiones a la plataforma electrónica en perjuicio de la Universidad y de
su comunidad;
Fracción reformada C.U.
31-10-2014.
VII. Fracción derogada C.U.
18-05-2018
VIII. Ocasionar daños a la infraestructura
física y/o tecnológica de cualquiera de las instalaciones de la Universidad;
Fracción reformada C.U.
31-10-2014.
IX. Provocar y promover actitudes
que alteren el orden y la organización académica e institucional; X. Hacer
proselitismo político o religioso a través de la plataforma electrónica, correo
electrónico y conversaciones vía sistemas de mensajes inmediatos, en los
Centros Universitarios de Educación a Distancia, o cualquier otra instalación
de la Universidad;
Fracción modificada C.U. 18-05-2018
XI. Realizar o promover cualquier
acto de comercio con bienes y servicios de la Universidad así como de los
contenidos de las asignaturas o módulos y sus actividades;
Fracción modificada C.U.
18-05-2018
XII. Faltar al respeto, incurrir
en alguna conducta tipificada como delito o atentar contra los derechos humanos
de los estudiantes, personal académico y administrativo de la Universidad o
responsables de los Centros Universitarios de Educación a Distancia, ya sea de
manera presencial, a través 29 de llamadas telefónicas, correos electrónicos o
conversaciones por medio de sistemas de mensajes instantáneos u otros medios
electrónicos;
Fracción modificada C.U.
18-05-2018
XIII. Ocasionar daños a la
infraestructura física y tecnológica de los Centros Universitarios de Educación
a Distancia;
Fracción modificada C.U.
18-05-2018
XIV. Infringir la normatividad de
los Centros Universitarios de Educación a Distancia;
Fracción modificada C.U.
18-05-2018
XV. Las demás establecidas en la
normatividad aplicable interna
En el código de
ética Apartado 2 que corresponde a la Honestidad
hace referencia en el párrafo 3
·
Respetar la propiedad intelectual
de los demás, otorgando reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando
realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre
los estudiantes de la Universidad.
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